
El Ministro Julián Foreo, conocido como “Fuchi”, anunció lo que calificó como una victoria de los conductores bogotanostras la publicación de la resolución 1815115 de 2025 de la oficina del distrito.
La regla explica que Los coches particulares podrán circular por el carril preferencial de la séptima carrerasiempre que no obstaculicen la circulación ni interfieran con el transporte público.
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Las disputas se originaron el 13 de mayo, cuando el Comité Motario anunció que todos los vehículos distintos a los del Transporte Público Integrado (Sitp) serían sancionados con circular por el carril en cuestión.
Según esas medidas, Los conductores recibieron una pausa C14, por “transporte con plazas limitadas”sancionado con multa de $ 604.100 y la inmovilidad del vehículo.
Sin embargo, la notificación fue criticada por ciudadanos y varios funcionarios por falta de claridad en su aplicación.
El presidente dijo que la intención era evitar estacionamientos u obstáculos en la vía. Foto:X: @transitobta
Días después, El alcalde Carlos Fernando Galán dijo que el carril no sería “distante” en la competencia 7 Y que sólo serán castigados quienes “impidan” el tráfico, no quienes distribuyan.
El presidente dijo que la intención era evitar estacionamientos u obstáculos en la vía.
Sobre el “viaje” a los “bloques”: cambio de interpretación del delito
Después de esa declaración, la infracción correspondiente cambió de naturaleza: Ya no se trata de “transportar”, como establecía el C14, sino de “prevenir”que corresponde a las infracciones C02 (“Aparcar vehículos en lugares prohibidos”) y C03 (“Impedir la vía o cruce con un coche”).
Según el ministro de Foreo, el trabajo demostró que la junta no utilizó esta interpretación.
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El lobista condenó que Entre mayo y agosto unos 200 conductores fueron sancionados injustamente con la infracción C14A pesar de que solo transitaron por carriles preferenciales y no chocaron contra picos y placa.
Según explicó, su equipo de trabajo confirmó el recurso y encontró que las sanciones fueron aplicadas sin sustento, lo que contradice lo dicho por el alcalde.
Solicitud de suspensión y claridad normativa
Frente a esta inconsistencia, Foreo pidió a la provincia posponer la aplicación de la medida hasta que se emita la ley administrativa Explicaría con precisión qué comportamiento está sujeto a sanciones.
También pidió que se garanticen ciertos conductores legales y evitar el uso de criterios vagos que faciliten interpretaciones aleatorias.
La Oficina de Cine finalmente envió la resolución 1815115 el 16 de septiembredonde se detalla las conductas prohibidas del carril preferencial de la séptima carrera.
El documento distingue entre distintos vehículos -sitp, taxis, transportes interválicos, transportes especiales, vehículos de emergencia, bicicletas y particulares-, indicando en cada caso qué operaciones están permitidas.
El documento distingue entre diferentes categorías de vehículos. Foto:Movilidad de oficina
Para vehículos Servicio privado, resolución especial que puede circular por carril impedido, curvas a la derecha hacia activos o vías de acceso y realizar momentos de parada para la subida o salida de pasajeros, siempre que no impidan el flujo de vehículos.
La norma se basa en el artículo 2 de las Normas de Tránsito Interno (Ley 769 de 2002), que define el servicio privado como el que tiene por objeto la activación de personas, animales u objetos privados.
*Este material fue escrito con ayuda de inteligencia artificial, en base a información de público conocimiento que fue entregada a los medios de comunicación. Además, contó con la revisión del periodista y del editor.
jos guerrero
guión digital