

La detención preventiva de Wadith Manzur por el caso UNGRD vuelve a poner en evidencia la responsabilidad moral de los partidos políticos hacia sus seguidores. Manzur ya había sido señalado en la red de corrupción y emergió como uno de sus presuntos responsables, y pese a ello, el Partido Conservador decidió darle reconocimiento legal para que intentara pasar de la Cámara al Senado.
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Si bien los partidos han argumentado que prevalece la presunción de inocencia, lo cierto es que se benefician de los votos de un imputado, aunque nunca llegue a ocupar un escaño, como ocurrió en 2018 con Aída Merlano (Partido Conservador) y 2022 con Mario Castaño (Partido Liberal).
En ambas ocasiones, especialmente en 2022, las comunidades fueron criticadas por dar su aprobación a perfiles cuestionados. Sin embargo, aprovecharon los votos de candidatos que nunca obtuvieron un escaño por problemas con la ley.
El caso de Castaño es el más destacado. El escándalo de la “novia” estalló justo a tiempo para las elecciones y el Partido Rojo decidió apoyarlo para un segundo mandato de cuatro años en el parlamento, como principal votante de Caldas. Un total de 68.351 votos recibió el senador, que fue detenido el 7 de junio de 2022 y nunca pudo ocupar el escaño por el que fue elegido para el mandato 2022-2026.
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Si bien es cierto que desde un principio se utilizó el número de la silla vacía, primero de forma temporal y luego definitiva -pues se trataba de delitos contra la gestión pública-, lo cierto es que el gran voto de Castaño sirvió tanto para garantizar cuestiones como el periodo electoral, un mejor reparto del número para obtener más escaños como para intercambiar votos.
Por lo tanto, no importa si el escaño no se puede utilizar más tarde, aún queda un voto y se utiliza, especialmente cuando el voto de una persona puede definir uno o más escaños a ocupar. En este caso, la influencia de Manzur sería mayor, pues a pesar de verse afectado por el escándalo de la UNGRD y a punto de ser acusado por la Corte Suprema, Manzur recibió 134.000 votos, lo que permitió a los azules posicionarse en unas elecciones donde su poder se vio afectado.
Sin el voto de Manzur, el golpe conservador habría sido más difícil y de repente la reducción de escaños habría sido mayor que la lograda en las elecciones de 2022. E incluso si el representante y el senador electos son condenados, el voto no es nulo y termina beneficiando a la comunidad al atraer candidatos alternativos, en una elección donde los partidos tradicionales vieron afectados sus intereses en el Senado frente a comunidades como el Pacto Histórico y el Centro Demócrata.
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Precisamente este fin de semana, la Comisión de Seguimiento Electoral (MOE) emitió un llamado de atención al respecto. En una de sus declaraciones pidió a las partes mayor responsabilidad hacia quienes fueron aceptados, ya que varios fueron cuestionados en las tarjetas. “El Ministerio de Educación reitera su fuerte llamado a sensibilizar a las organizaciones políticas sobre sus responsabilidades éticas en la entrega de recomendaciones y a fortalecer su proceso de selección de candidatos”, dijo en otro balance de la jornada del domingo, cuando se confirmó el arresto de un candidato acusado de supuesta compra de votos.
En estos casos, como en Manzur, la mayor responsabilidad que recae sobre las partes es la moral. Sin embargo, también podría haber sanciones contra las comunidades. Sin embargo, sólo si existe una condena ejecutable contra un representante electo y un senador.
Así lo confirma la reforma política de 2009. En su artículo 1° dice: “Los partidos y movimientos políticos deben responder ante cualquier violación o infracción de las normas que rigen su organización, funcionamiento o financiamiento, así como para apoyar a candidatos elegidos para cargos o asociaciones públicas en elecciones generales, que hayan sido o hayan sido condenados por ejecución de pena en Colombia o hayan sido condenados por ejecución de pena en Colombia por vínculos con grupos armados y narcotráfico o delitos contra la participación democrática o crímenes de lesa humanidad.
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Los artículos también prevén la misma responsabilidad si el firmante no es elegido y es condenado durante el período en que fue presentado. También se establecen posibles sanciones contra la comunidad pertinente.
“Las sanciones pueden consistir en multas, devolución de fondos públicos recibidos a través del sistema de intercambio de votos, hasta la cancelación de la personería jurídica. Cuando se trata de estas condenas a quienes fueron elegidos para cargos unipersonales, el partido o movimiento que aceptó la sentencia no puede nominar candidatos para las próximas elecciones en esa circunscripción. Si no están presentes durante 1 a 8 meses en la siguiente lista preliminar, pero entonces el nominador podrá elegir diputados a voluntad”, dice. de la ley.
Sin embargo, este tipo de sanciones no son tan comunes hoy en Colombia y no ha habido mayor desarrollo de las mismas, por lo que se han mantenido dentro de lo establecido en la Constitución.
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JUAN SEBASTIÁN LOMBO DELGADO
Escritura política