El Ministerio de Trabajo ha dado a conocer recientemente que se implementarán un conjunto de cambios significativos en la Construcción de la gestión laboral en Colombia. Estas modificaciones se están llevando a cabo con el claro objetivo de reforzar los métodos de gestión laboral, incrementar la transparencia en los procesos y asegurar los derechos fundamentales de los empleados a lo largo del país.
Los cambios que se van a poner en práctica están formalizados mediante la resolución 1843 de 2025, la cual incluye ajustes tanto para las entidades promotoras de salud (EPS) como para los empleadores particulares. Estas correcciones son parte de un esfuerzo más amplio para optimizar el sistema laboral en general.
A partir del año 2025, todo EPS deberá implementar sistemas de verificación más estrictos, particularmente en los casos donde un empleado cumpla más de 30 días de discapacidad. Para estos casos específicos, se establecen tres tipos de evaluaciones médicas obligatorias que deben cumplirse:
- Evaluación médica tras la incapacidad.
- Evaluación para la reincorporación al trabajo.
- Evaluación de inspección laboral y supervisión.
La obligación de EPS e IPS de notificar de manera digital y en tiempo real se establece claramente. Foto:Istock
Este conjunto de evaluaciones busca reducir el número de discapacidades que no cuenten con justificación clínica adecuada, lo que es un paso importante para mantener la integridad del sistema.
Además, se establece que la obligación de los EPS e IPS es notificar de manera digital y en tiempo real todas las discapacidades emitidas. Esto permitirá a las autoridades contar con información más detallada, lo que a su vez contribuirá a una gestión más efectiva y adecuada.
Nuevas responsabilidades para los empleadores
Las empresas tendrán que seguir nuevas pautas relacionadas con la seguridad ocupacional. En el caso de que se sugiera una integración dentro del lugar de trabajo o en el tránsito, los empleadores tendrán un máximo de 20 días para implementar dichas medidas. Esto tiene como objetivo facilitar una reapertura segura y efectiva para los empleados, a la vez que se respeta su salud y bienestar.
La resolución también incluye disposiciones que tienen la intención de proteger los derechos laborales de los empleados contra la discriminación. A partir de este año, queda prohibido exigir un comprobante de embarazo o una prueba de VIH como condición para el acceso o la permanencia en el trabajo. Esta medida busca evitar cualquier forma de discriminación en el ámbito laboral.
Asimismo, se ha confirmado que los estudios médicos deberán tener enfoques diversos que incluyan variables importantes como el género, la diversidad cultural y la salud mental de los trabajadores.
Como medida preventiva adicional, se designa a todas las empresas para que pongan en práctica horarios activos. Esta iniciativa busca reducir los riesgos asociados con trastornos musculoesqueléticos, estrés, fatiga y otras consecuencias derivadas de trabajos sedentarios o repetitivos.
Las empresas deben implementar horarios activos como medida preventiva. Foto:Jaiver Nieto Álvarez / Tiempo
De acuerdo a Dane, más de 2.6 millones de jóvenes colombianos no trabajan ni estudian en 2025.
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) reveló recientemente cifras que corresponden al mercado laboral juvenil en el primer trimestre de 2025. Según este informe, 2,68 millones de jóvenes, que se encuentran entre los 15 y 28 años, no están trabajando ni cursando estudios en el país. Esta cifra representa un preocupante 24,2 % de la población laboral en este grupo de edad.
La división por sexo muestra una mayor incidencia en mujeres, con un 16,3 %, frente a un 8 % en hombres.
Tasa de ocupación y participación en 2025
Durante el periodo de enero a marzo, la tasa de ocupación entre los jóvenes alcanzó el 45,9 %, lo que significa un incremento de 2 puntos porcentuales en comparación con el mismo trimestre de 2024. De igual modo, la tasa de desempleo se situó en un 17,1 %, lo que representa 2,9 puntos menos que el año anterior (20 %).
La tasa de participación global, que mide la proporción de jóvenes activos dentro de la población en edad laboral, se ha situado en un 55,4 %, lo que es 0,5 puntos más que el 54,9 % en el año 2024.
*Este material fue redactado con la asistencia de inteligencia artificial, utilizando información de dominio público proporcionada por los medios de comunicación. Además, fue revisado por un periodista y un editor.
Jos Guerrero
Equipo de extensión digital