
Un caso ocurrido en la aglomeración de Łódź Barranquilla reveló una barrera silenciosa al acceso a la justicia– No hay notificaciones disponibles para personas con discapacidad visual.
La historia comenzó con un correo electrónico que nunca fue leído. El aviso enviado por Colpensiones contenía una decisión clave sobre la situación laboral y pensional de un ciudadano completamente ciego, como consecuencia de glaucoma terminal. Sin embargo, el formato en el que fue enviado le imposibilitó leer su contenido y ejercitar su derecho de defensa.
Lo que parecía un caso perdido por vencimiento de plazos se convirtió en un precedente judicial gracias a la intervención Oficina Jurídica de la Universidad del Norte.
Notificación no disponible y violación de la ley.
El caso se remonta al año 2025, cuando un ciudadano inició el trámite para calificar por pérdida de capacidad laboral luego de ser obligado a deja su trabajo como instalador de aire acondicionado debido a su progresiva enfermedad.
La licenciada Alanys Graterol y el profesor Fabián Díaz. Foto:Uniorte
El problema no fue la decisión, sino la forma en que se comunicó.
“Tú No tuvo acceso material a la notificación. Ser una persona con ceguera total“No pudo conocer el contenido de la sentencia y por tanto no pudo ejercer su derecho de defensa dentro del plazo legal”, explicó Alanys Graterol Cueto.
El plazo para presentar una objeción ha expirado 10 días hábiles, sin embargo, el usuario recién pudo hacerlo casi un mes después porque no tuvo acceso al contenido del mensaje. La respuesta de la entidad fue rechazar el recurso por ser presentado fuera de plazo.
Tutela reabre juicio
Cuando el caso llegó ante la Oficina Legal en diciembre, el panorama era sombrío. Sin embargo, el equipo identificó una posible violación del debido proceso.
“Colpensiones no hizo ajustes razonables para garantizar el acceso a la información, lo que resultó en una carga desproporcionada”, dijo Graterol.
Basado en precedentes Tribunal Constitucionall, el alumno presentó una demanda de tutela como agente no oficial que representa al usuario.
6 de febrero Juzgado Penal del Séptimo Circuito con Función de Conocimiento Soledad dictó sentencia a favor del ciudadano.
La decisión ordenó revocar la firmeza del dictamen y volver a presentar la solicitud con base en criterios de accesibilidad. Ordenó además reabrir las condiciones para que el perjudicado pueda ejercer su derecho de defensa.
Entre las órdenes, el fallo exige que las notificaciones se entreguen en formatos compatibles con lectores de pantalla, con un resumen legible y mecanismos de lectura de voz.
Un precedente sobre discapacidad y acceso a la justicia
Para profesor asesor FAbián Andrés Díaz Hernández, el caso va más allá de las cuestiones jurídicas.
“La discapacidad no reside en la persona, sino en las barreras que impone el entorno. Aquí había una barrera comunicacional que impedía el ejercicio de derechos fundamentales”, afirmó.
Oficina Jurídica de la Universidad del Norte. Foto:Uniorte
Este proceso permitió a los ciudadanos expresar su oposición, que ahora es objeto de un estudio previo. Junta Regional Atlántica para la Evaluación de la Discapacidad.
Sin embargo, el caso también reveló fallas persistentes. Según la Clínica, la entidad volvió a encontrar dificultades para informar, lo que obligó, entre otras cosas, a su propio representante legal revisará su contenido.
Para Graterol la experiencia tuvo un impacto personal y profesional. “Mira esto las leyes son respetadas personas, incluso antes de graduarme, confirma mi vocación por la abogacía”, afirmó.
La sentencia no sólo beneficia a los ciudadanos, sino que sienta un precedente Obligación de las entidades de proporcionar comunicación accesible.especialmente en una región donde miles de personas enfrentan barreras similares para ejercer sus derechos.