


La disputa legal entre dos importantes franquicias de cosmética en Colombia ha abierto un nuevo capítulo con la ratificación: Fallo a favor del Concurso Nacional de Belleza (CNB), presidido por el cartagenero Raimundo Angulo.
Corte Suprema en Cartagena acaba de confirmar su decisión de liberar a la CNB de su obligación de indemnizar a Miss Universe Colombia (MUC), representada por el despacho de abogados y candidato presidencial Abelardo de la Espriella, por presuntos daños económicos.
LEER TAMBIÉN
Demanda de indemnización por daños reputacionales y comerciales
Concurso Nacional de Belleza. Foto:Instagram: @reinadocolombia/X: @ReinadoColombia
El conflicto se remonta a 2020, cuando la empresaria Natalie Ackerman adquirió la franquicia Miss Universo (entregada al Canal RCN este año) y decidió convocar su propio proceso electoral, al no lograr llegar a un acuerdo con Raimundo Angulo, el histórico director del Certamen Nacional de Belleza, sobre la participación de la entonces Miss Colombia, María Fernanda Aristizábal.
• Acusación: De la Espriella Abogados presentó en 2023 una demanda por responsabilidad civil extracontractual. Alegó que las acciones judiciales y extrajudiciales emprendidas por Angulo en busca de exclusividad en la selección de candidatos internacionales constituyeron una “campaña pública de desprestigio” que resultó en la reducción de patrocinadores del MUC.
• Fingir: MUC SAS estimó los daños en 380 millones de pesos. Este monto correspondió a reducciones de patrocinio en Grupo Asthec SA (Forma Tu Cuerpo) y South American Watch (Bulova).
• CNB presentó denuncias por usurpación de derechos de propiedad industrial (ante la Fiscalía) y por apropiación indebida de marcas y violación de las normas de competencia (ante la Inspección Jefe de Industria y Comercio – SIC).
LEER TAMBIÉN
Decisión del Tribunal de Cartagena
Concurso Nacional de Belleza. Foto:Concurso Nacional de Belleza
La Sala Civil de la Corte Suprema de Cartagena ratificó el fallo original del Juzgado Tercero Civil de Distritorechazando los reclamos de Miss Universe Colombia.
El fallo, con presentación del juez Oswaldo Zárate, señaló que:
1. No se ha demostrado mala fe: No hubo evidencia de “imprudencia, mala fe, descuido, incompetencia o negligencia” por parte del CNB que respaldara una conclusión de abuso del derecho a presentar una denuncia contra el MUC.
2. No hubo intención maliciosa de influir: Las acciones legales interpuestas por Angulo (penales y civiles) no se interpretan como intención maliciosa de influir en la franquicia.
3. Campaña de desprestigio no probada: La Corte afirmó que una “campaña pública de desprestigio” requiere “acciones continuas y específicas durante un período de tiempo”, y este panorama no quedó demostrado en el caso.
La decisión libera al CNB de la obligación de pagar una indemnización a Miss Universe Colombia.
LEER TAMBIÉN
Otros errores
Concurso nacional de belleza, versión 2019. Foto:John Montaño/EL TIEMPO
Esta pelea ganada por la organización de Raimundo Angulo profundiza el panorama judicial mixto para ambos bandos.
En septiembre pasado, la Corte Suprema de Bogotá confirmó la decisión anterior de la SIC. favoreció a Miss Universo Colombia en este pulso judicial:
• No infracción: La SIC y el Tribunal de Bogotá confirmaron que el MUC no violó los derechos de propiedad industrial alegados por Raimundo Angulo al elegir a su representante al Miss Universo.
• “Miss” no es una denominación de origen: Se determinó que el adjetivo “Miss” que acompaña a los nombres de los departamentos (por ejemplo, “Miss Bogotá” o “Miss Valle”) no puede ser considerado una denominación de origen ni está sujeto a la protección exclusiva solicitada por la CNB al rechazar los alegatos del abogado de Angulo, Álvaro Agudelo.
• No hay competencia desleal: El tribunal confirmó que el MUC no violó ninguna norma al seleccionar al candidato y que las acusaciones sobre presunta competencia desleal prescribieron.
LEER TAMBIÉN
La próxima etapa será la Corte Suprema
El debate sobre el uso exclusivo de nombres como “Miss Colombia” y nombres de departamentos irá a la Corte Suprema.
En apelación, la Corte deberá decidir sobre esta demanda, en la que, según el MUC, Raimundo Angulo pretende “mantener una posición privilegiada en el mercado de concursos de belleza colombiano” y evitar que otro competidor ingrese al mercado.
Además, te invitamos a ver nuestro documental:
Documental de la periodista Jineth Bedoya Foto:
cartagena