Presidente de EcuadorEl Daniel NOVOAEliminó el empleo de seguro privado para funcionarios financiados por recursos públicos y uso limitado de vehículos oficiales para administraciones, mientras que prohibió la compra de automóviles de lujo para las instituciones que no los necesitan.
“El contrato de seguro de salud privado pagado por el estado para empleados públicos con recursos estatales está prohibido explícitamente”, dijo a través de un decreto que introdujo reformas de la regulación de la ley orgánica del servicio público.
El nuevo presidente de Ecuador, Daniel Nnovera. Foto:AFP
“La compra de vehículos con alta y retenida está prohibida (…) la adquisición de vehículos no especializados (…) estará cubierta por la aprobación de la Secretaría Administrativa General para la Presidencia de la República”, explica el documento sobre el estándar para los vehículos.
De este modo La compra de vehículos para empleados públicos (automóviles regulares, minibuses para grupos o camiones en áreas rurales) debe ser aprobada por la administración, siempre dependiendo de la disponibilidad del presupuesto.
Quito, Ecuador Foto:Tejer
Razones de seguridad
La única razón que justifica la adquisición de vehículos de lujo es la seguridad. Los vehículos blindados para transportar ciertas autoridades y vehículos especiales, como ambulancias o patrullas policiales, no necesitarán la aprobación de la Secretaría Administrativa.
En el caso del seguro de salud, mantiene la obligación de la administración de emplear cobertura sanitaria para viajes internacionales por parte de empleados públicos.
El decreto de Nnovera, por un lado, modifica el artículo 253 del reglamento general a la Ley Orgánica de Servicio Público, con respecto al seguro de salud; Y, por otro lado, el decreto ratifica 457 que fue emitido en junio de 2022 por el ex presidente, Guillermo Lasso, equivalente a evitar una pérdida de dinero público.
Daniel NOVOA. Foto:Archive el tiempo / agencias AFP y EFE
Ambas medidas responden a la intención del presidente de “optimizar el gasto público”, de acuerdo con el decreto en sí y garantizar que la “compra pública” cumpla con los criterios de “eficiencia”, “apertura”, “calidad” y “responsabilidad”.