La Federación Universitaria de Córdoba […] reclama un gobierno estrictamente democrático y sostiene que el demos universitario, la soberanía, el derecho a darse el gobierno propio radica principalmente en los estudiantes.

Manifiesto Liminar de la Reforma Universitaria, 19181

En resumen, todo es política pero toda política es a la vez macropolítica y micropolítica.

Gilles Deleuze y Félix Guattari2

En el marco del proceso de democratización que actualmente adelanta la Universidad Nacional de Colombia, se ha esgrimido el argumento de que la universidad no puede iniciar una constituyente pues no cuenta con una Constitución Política. A menudo, este argumento va acompañado de otro, el cual se puede resumir en la idea de que las universidades no son instituciones políticas, sino “meritocráticas”. A continuación mostraré que ambas tesis se sustentan en una comprensión limitada y falaz de la política, así como de la relación entre política, democracia e instituciones educativas. Dicha comprensión naturaliza y enmascara una estructura gubernativa oligárquica, para lo cual los detractores de la Constituyente Universitaria apelan al discurso aparentemente apolítico de la “meritocracia”.  

La complejidad de la política

En primer lugar, la asunción de que la política se restringe al ámbito de lo estatal y, en general, al de la organización de la autoridad colectiva de una sociedad, obvia que las propias prácticas políticas –pero también autores provenientes de diversas tradiciones de pensamiento– han concebido lo político como todo lo concerniente a la organización de la vida colectiva, las relaciones de poder y el gobierno. En ocasiones se distingue de diversas maneras entre la política y lo político3. Así, hallamos dimensiones claramente políticas en ámbitos sociales como la sexualidad, la alimentación, el deporte, el arte, entre muchos otros, y en instituciones como la familia, la empresa, la prisión, el hospital y, por supuesto, los centros educativos. En esos y muchos otros ámbitos e instituciones existen modos específicos de organización de la vida colectiva, relaciones de poder y formas de gobierno. 

No es lo mismo, por ejemplo, una familia de corte heteropatriarcal a una en donde las decisiones se toman de manera más horizontal, y en la cual, consecuentemente, el poder no se encuentra concentrado en la figura del padre. En una empresa también hallamos diversos tipos de jerarquías y formas de llevar a cabo la toma de decisiones: existen empresas de corte cooperativo, mientras que en otras la propiedad y el mando se hallan fuertemente concentrados. Por supuesto, es posible constatar una gran gama de formas mixtas e intermedias de gobierno en cualquier institución, lo dicho es simplemente indicativo. El siglo XX ha estado marcado, adicionalmente, por todo tipo de reflexiones que develan las relaciones de poder presentes en ámbitos como la salud, la educación, la alimentación, la sexualidad o el trabajo. Estas reflexiones se han asociado a las prácticas de movimientos y organizaciones de pacientes, estudiantiles, agroecológicas, de mujeres, contra la gordofobia, de disidencias sexuales, anticapacitistas, obreras, antiespecistas, antirracistas, etcétera. 

Si bien lo que ocurre en esos ámbitos puede tener consecuencias al nivel público-estatal (generando, por ejemplo, nuevas políticas públicas), la comprensión de su politicidad puede prescindir de cualquier referencia inmediata al Estado, sociológica y politológicamente hablando. Lo anterior explica que actualmente se hable de “política sexual”, “política racial”, “economía política”, etc., en un sentido que no se reduce ni guarda conexión necesaria con las políticas públicas. En síntesis, negar la politicidad del ámbito educativo, así como de la universidad en tanto institución social, es simplemente desconocer la complejidad de las prácticas políticas y las reflexiones de campos como la ciencia política, la filosofía política, los estudios políticos y la teoría política. De hecho, Robert Dahl4, uno de los principales referentes de la ciencia política de tradición anglosajona y liberal, con una orientación marcadamente neoempirista, define la política como todo lo que implique fenómenos de poder, gobierno, autoridad o influencia, preséntense estos en o más allá del Estado. Reconocer la complejidad de la política no es, entonces, una simple “posición ideológica de izquierda”, como a veces se desea hacer ver.

La complejidad de la política
y la democracia 

En segundo lugar, si bien el reconocimiento de la complejidad de la política no es un asunto que se limite a una sola corriente de pensamiento, sí es cierto que dicho reconocimiento ha sido impulsado por tradiciones democráticas, mientras que las tradiciones autoritarias han tendido a negar o a obliterar la complejidad de la política, facilitando lo que Pierre Bourdieu5 denomina “dominación simbólica”, es decir, la aceptación de ciertos valores, normas o jerarquías sociales como “normales”, “naturales” o “justas”, incluso cuando estas perjudiquen a las personas que las aceptan como dadas. 

En la medida en que las tradiciones democráticas –sean liberales, republicano-populares, feministas, anarquistas, autonomistas, socialistas o de otro tipo– insisten en que el poder último reside siempre en el demos o pueblo (las heterogéneas comunidades humanas), y en que este es un poder para producir, transformar y reglar la vida colectiva, es posible constatar una afinidad profunda entre democracia y reconocimiento de la complejidad de la política. Es justamente a ese poder del demos, o pueblo plural en movimiento, al que en términos modernos se le denomina “poder constituyente”, que no es nada diferente a la capacidad que posee cualquier comunidad humana para constituirse a sí misma en diversos ámbitos6

La democracia colombiana y el ámbito educativo 

En tercer lugar, Colombia cuenta actualmente con una Constitución Política democrática, la cual descansa sobre el principio de soberanía popular: “Artículo 3. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece”. Sin embargo, lo central aquí radica en que una Constitución democrática se debe corresponder con una sociedad democrática. Comprendido en términos sociológicos y no meramente jurídicos, el principio de soberanía popular se traduce en el reconocimiento de una pluralidad de actores de base, singulares y colectivos, que en su movimiento, expresión y dinámicas de participación se hacen cargo de su propia vida y de las diversas instituciones sociales7.

Como señala este artículo de la Constitución, tal propósito se logra, por un lado, participando mediante lógicas de representación o de manera directa (asunto que ha sido bien desarrollado jurídicamente a partir de la Ley 1757 de 2015 o Ley Estatutaria de Participación Democrática), y por el otro, sin ignorar el lugar de las instituciones formalmente existentes (“en los términos que la Constitución establece”). Asimismo, debido al cruce de la realidad sociológica con la jurídica, la Constitución indica que la educación debe formar en democracia (artículo 67), que “la comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación” (artículo 68) y que las universidades cuentan con autonomía para “darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos” (artículo 69). 

La esencia democrática de la Constitución y la sociedad colombianas permite un reconocimiento natural de la complejidad de la política, el cual, en lo que respecta al ámbito educativo y universitario, está de hecho presente en la propia Constitución, pero también en la comunidad universitaria que, en su movimiento histórico, ha participado en la construcción de la institución y demanda, hace décadas, mayores niveles de injerencia en la dirección de la vida académica.

De este modo, el proceso constituyente que actualmente adelanta la Universidad Nacional no es sino el despliegue de las capacidades de la comunidad universitaria, considerada en su pluralidad inherente, para, a partir de las instituciones establecidas (“en los términos que la Constitución establece”), definir autónomamente una estructura gubernativa democrática, profundizar la cultura política democrática, crear mecanismos eficaces de participación y fortalecer a las organizaciones de los diversos estamentos que la componen. 

Este es, por supuesto, un proceso político en el sentido amplio y complejo del término, pero que nada tiene que ver con someter a la universidad a poderes políticos externos o a pequeños grupos de poder internos, lo cual, de hecho, es uno de los problemas que actualmente padece la Universidad. La Constituyente Universitaria es un proceso político de democratización interna de la institución, pero que se corresponde con la esencia democrática de la Constitución y la sociedad colombianas. Más aún, el déficit de democracia y la urgencia de iniciar un proceso de democratización ya habían sido determinados por la propia institución en su Plan Estratégico Institucional 2034 (versión 2.0), específicamente en el núcleo denominado “gobernanza”. Con el inicio formal de un proceso constituyente mediante su proyección en el Plan Global de Desarrollo 2025-2027, plan avalado por el Consejo Superior Universitario, la Universidad solo le dio trámite a un anhelo largamente postergado.  

Queda entonces demostrado que es falaz afirmar que la Universidad no puede iniciar un proceso constituyente en la medida que no cuenta con una Constitución Política. Esa aseveración pasa por alto que: 1) la política no se restringe a lo directamente concerniente a la esfera estatal; 2) existe una afinidad entre sociedad democrática y comunidades que se constituyen a sí mismas mediante ejercicios de participación, incluyendo las comunidades educativas; y 3) la necesidad de democratizar este centro de estudios no es solo una demanda histórica de la comunidad universitaria en movimiento, sino un aspecto previamente planteado en la propia planificación institucional de largo aliento. 

Enmascaramiento y naturalización de la oligarquía:
el discurso aparentemente apolítico de la “meritocracia”

En cuarto lugar, la idea de que “las universidades no son instituciones políticas, sino meritocráticas” opone de forma simplista el mérito a la política, como si fuesen asuntos excluyentes; de hecho, el concepto de “meritocracia” es inherentemente político, pues se define, según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, como el “Sistema de gobierno en que los puestos de responsabilidad se adjudican en función de los méritos personales”. No obstante, lo que resulta más alarmante radica en que, al oponer paradójicamente la política al “gobierno de los meritorios” (meritocracia), se impide la deliberación democrática en torno a la forma de gobierno de la universidad y se naturaliza el tipo de gobierno establecido.

Acá aparece un inconveniente adicional: si examinamos la actual estructura de gobierno, es sencillo constatar que no es ni siquiera meritocrática, sino “aristocrática” u oligárquica (gobierno de unos pocos), para emplear la tipología clásica de las formas de gobierno, usada por lo menos desde Aristóteles8. Hoy la Universidad tiene una estructura gubernativa que deja poco espacio para la representación y participación de las comunidades de base que componen la comunidad universitaria, pues el máximo órgano de gobierno, el Consejo Superior Universitario (CSU), está compuesto, en su mayoría, por personas que no representan a las comunidades de base (estudiantes, docentes, trabajadores, egresados y pensionados). De facto, el gobierno nacional ha tenido siempre una injerencia determinante, estableciendo tres de los ocho integrantes con voto en ese cuerpo colegiado. Solo dos, de los ocho consejeros con voto en el CSU (representante estudiantil y profesoral), representan a una parte de la comunidad estudiantil y profesoral, con el inconveniente de que pueden incluso distanciarse de esta y acercarse a poderes constituidos, sin que existan mayores mecanismos de control en lo que respecta al desempeño adecuado de su función. 

El CSU, un órgano que como constatamos no está compuesto por los más meritorios, sino por quienes sean designados principalmente por autoridades externas, es a su vez el encargado de designar al Rector y a los Decanos, mientras que el Rector designa a su equipo directivo (Vicerrectores). El Consejo Académico, que es el otro gran cuerpo colegiado con funciones de gobierno en la Universidad, está compuesto por el Rector y su equipo (Vicerrectores), los Decanos y tan solo dos representantes estudiantiles y dos profesorales. Por último, las consultas a la comunidad universitaria, como la que se ordena realizar para la designación de Rector9, son escasamente vinculantes, creando en la propia comunidad un sentimiento de impotencia que confirma los rasgos antidemocráticos de la institución, pues se convierten en “simulacros” de participación sin efectos reales. Teniendo en cuenta el panorama esbozado, afirmar que la Universidad es gobernada por los más meritorios (y no por “procesos políticos”) no solo es falaz, sino que enmascara la actual forma de gobierno oligárquica de la institución educativa.

Conclusiones 

La actual estructura gubernativa de la Universidad Nacional de Colombia no es meritocrática, es “aristocrática” u oligárquica. 

La oposición entre “política” y “meritocracia” es falaz, ya que la meritocracia es en sí misma una forma de gobierno. 

Las instituciones educativas sí son instituciones con una dimensión política. En sociedades democráticas, las instituciones sociales son concebidas como creaciones humanas susceptibles de ser remodeladas o reformadas por sus propias comunidades.

La Universidad Nacional de Colombia, como cualquier otra institución en una sociedad democrática, puede constituirse a sí misma tras iniciar procesos de deliberación y de trámite no violento de los conflictos. Esa es la esencia de los procesos constituyentes, que son la concreción sociológica del principio de soberanía popular.

El proceso constituyente de la Universidad Nacional de Colombia es una dinámica mediante la cual la propia universidad se constituye a sí misma con el fin de adecuar su estructura gubernativa y otros aspectos de la vida universitaria a los de una sociedad democrática (no “aristocrática” ni oligárquica). Se trata de un proceso de democratización interna, pero que se corresponde con la esencia de la Constitución y la sociedad colombianas.

Coletilla

Los detractores de la democracia universitaria, y los negacionistas de la dimensión política de la Universidad, se presentan a menudo como defensores de la Constitución y la institucionalidad. Sin embargo, al negar la democratización de la institución mediante la reflexión colectiva, al rechazar la deliberación en torno a las dimensiones políticas de la Universidad, ¿no están negando a su vez la esencia democrática de la Constitución y la sociedad colombianas? Al presentar la “meritocracia” como una paradójica forma de gobierno que se opone a la “política”, una “meritocracia” que en realidad enmascara y naturaliza una estructura gubernativa oligárquica, ¿no se están oponiendo al orden democrático que dicen respetar? Tal vez, en el fondo, ciertos sectores añoren una sociedad “aristocrática” u oligárquica, con privilegios para unos pocos que se presentan como “meritorios”, lo cual confirma la necesidad de iniciar un proceso constituyente, a saber, un proceso de democratización real de nuestra universidad.  

1 Deleuze, G. y Guattari, F.  (2010).  “1933. Micropolítica y segmentaridad”. En: Mil mesetas Capitalismo y esquizofrenia. Valencia: Pre-textos.
2 Roca, D. (1918). Manifiesto Liminar de la Reforma Universitaria. Córdoba: Universidad Nacional de Córdoba. 
3 Castoriadis, C. (2005). “Poder, política, autonomía”. En: Ferrer, C. (Comp.). El lenguaje libertario: antología del pensamiento anarquista contemporáneo. La Plata: Terramar; Rancière, J. (2006). Política, policía, democracia. Santiago: LOM Ediciones; Poulantzas, N. (2007). Poder político y clases sociales en el Estado capitalista. México/Buenos Aires: Siglo XXI; Mouffe, C. (2007). En torno a lo político. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica. 
4 Dahl, R. (1976). Modern Political Analysis (3ra ed.). Englewood Cliffs: Prentice-Hall.
5 Bourdieu, P. (2000). “Sobre el poder simbólico”. En: Intelectuales, política y poder. Buenos Aires: UBA/Eudeba. 
6 Negri, A. (1994). El poder constituyente Ensayo sobre las alternativas de la modernidad. Madrid: Libertarias/Prodhufi.
7 Habermas, J. (1990). “La soberanía popular como procedimiento”. En: Revista Foro, (12), 47-57; Zuleta, E. (2015). Colombia: Violencia, democracia y derechos humanos. Bogotá: Planeta. 
8 Aristóteles. (2004). Política. Madrid: Gredos. 
9 En este caso, la consulta solo define cinco de los candidatos que deben ser considerados por el CSU para la designación.
* Doctor en Filosofía y profesro universitario
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