


Al menos será necesaria una operación estética Reconstruir la cara de la mujer quien fue atacado por un amigo en Montería, Córdob.
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Este acto de intolerancia tuvo lugar en una casa donde la discusión Mantuvieron a dos mujeres que mantuvieron una relación entre la amistad, lo que causó una fuerte agresión física.
Aspecto general de la ciudad de Montería. Foto:Oficina del Alcalde de Montería
Durante la pelea, Ana Karina Bracho Galue, 26 años Y la nacionalidad venezolana, mordió una de las mejillas a la otra mujer.
La víctima todavía recibe asistencia médica
Según el informe de las autoridades, Bracho llevó a su amiga parte de la piel de la mejilla. Además, esto causó daños en un brazo.
La mujer atacada fue llevada al hospital donde todavía recibe ayuda médica debido a la gravedad de sus heridas.
Las autoridades informaron que dos mujeres golpearon, pero una de ellas se vio más afectada porque perdió la piel de uno de sus pómulos.
Policía nacional capturada en la comuna de San Onofre (Sucre) a Bracho, que podría enfrentar Resumen de acusaciones por un delito de lesiones.
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¿Cuáles son las sanciones por un delito de lesiones?
El crimen por lesiones se especifica en el arte. 111, que establece: “El que causa más daño al cuerpo o la salud llevará sanciones establecidas en los siguientes artículos”.
La justicia castiga el crimen personal. Foto:Istock
El artículo 112 define una penalización por aquellos que causan una persona Incapacidad para trabajar o enfermedad. “Si el daño es la incapacidad de trabajar o en una enfermedad que no pasará treinta (30) días, la penalización es de dieciséis prisioneros (16) a treinta y vesenta (36) meses”.
“Si el daño consiste en la incapacidad de trabajar o una enfermedad mayor de treinta (30) días sin exceder las noventa (90), la penalización es de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses de prisión y una multa de seis puntos sesenta -Six (6.6) a quince (15) por mes de fuerza.
“Si paso de noventa (90) días, la penalización será de treinta y dos (32) a noventa (90) meses de prisión y una multa de trece puntos treinta y tres (13.33) a treinta (30) salarios legales actuales del mínimo”.
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Lesión en una persona. Foto:Archivo privado
El artículo 113 establece Sanciones por deformación. “Si el daño se basa en la deformación física de transición, la penalización será de dieciséis prisión (16) a cien ocho (108) meses y una multa de veinte (20) a treinta años cinco puntos (37.5) del salario mínimo mínimo actual”.
“Si fuera permanente, la penalización será de treinta (32) prisión a ciento veinte (126) meses y una multa de treinta puntos sesenta y seis años (34.66) de cincuenta y cuatro (54) salarios legales actuales mínimo mínimo”.
Imagen de referencia a quemaduras graves. Foto:Istock
El artículo 114 establece sanciones por trastornos funcionales. “Si el daño consiste en un trastorno funcional temporal del órgano o miembro, la penalización estará en prisión treinta y dos (32) a ciento veintiséis meses y una multa en la cantidad de veinte (20) a treinta años cinco (37.5) mínimo de llanto legal actual.
“Si ella estuviera de pie, la penalización será de cuarenta y ocho (48) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses de prisión y una multa de treinta puntos de partidos sesenta -sesenta (34.66) a la edad de cincuenta (54) mínimo de salario legal actual”.
Además, el Código Penal establece sanciones por lesiones personales, que causan pérdida mental y anatómica o funcional de la autoridad o miembro.
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También establece castigos por lesiones con Sustancias y lesiones de ácido y/o similares con el modelado de sustancias prohibidas.
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