El gobierno del presidente Gustavo Petro rechazó la suspensión del decreto de emergencia económica lo que le permitió imponer impuestos sin tener que pasar por el Congreso para intentar cubrir el déficit de 16.300 millones de pesos en el presupuesto nacional para este año.
Este jueves, la sala del Tribunal Constitucional decidió aplicar la medida cautelar por votación de 6/2. Esta es la primera vez en la historia que la Corte Suprema suspende la decisión del Presidente.
Tribunal Constitucional Imagen:Tribunal Constitucional
La orden ejecutiva permitió al ejecutivo emitir impuestos especiales, incluido un impuesto sobre las ventas del 19% sobre el alcohol y las apuestas en línea, sin ser procesada primero por el Congreso.
La oposición y otros sectores señalaron que la norma adolece de fallas de forma y de fondo, al no responder a acontecimientos impredecibles, como exige la constitución.
El Congreso suspendió este propósito y congeló los efectos del auto declarativo, como sugirieron inicialmente el presidente del tribunal, el juez Jorge Enrique Ibáñez, y posteriormente el autor del informe del proceso, Carlos Camargo, para evitar “daños irreparables”.
Ministros del Interior y de Finanzas en el edificio. Imagen:Milton Díaz / EL TIEMPO
Ministro del Interior, Armando BenedettiDijo que la emergencia económica se justifica, a su juicio, no sólo por el déficit fiscal, sino también por el riesgo de déficit, y advirtió que el Estado no tiene posibilidades de responder al pago de la deuda, que es una obligación constitucional, como lo es la seguridad social.
“Lo que se discute aquí es quién está pagando la crisis, si son los más ricos, como queríamos, o los sectores más vulnerables porque no habrá desarrollo de políticas públicas sociales”. Al finalizar la crisis económica, la Corte Constitucional protege hoy a los más ricos, los que más tienen, entre 3.000 y 104.000 millones de pesos. No hay derecho a que esto haya pasado.“, dicho.
La Cámara votó el escrito presentado por el juez Camargo estableciendo el alcance y origen inusual de la suspensión temporal de órdenes legislativas dictadas al amparo de excepciones estatales.
El efecto de la operación. Imagen:
JUAN PABLO PENAGOS RAMÍREZ
Escritura política